Las sociedades, excepto contribuyentes especiales e instituciones del Estado, deberán realizar la declaración del Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2020 desde febrero hasta el mes de abril de 2021, hasta las fechas señaladas en el siguiente calendario:

Tabla de vencimientos (excepto contribuyentes  especiales e instituciones del Estado)

Noveno dígito del RUCVencimiento (último día)
110 de abril 2021
212 de abril 2021
314 de abril 2021
416 de abril 2021
518 de abril 2021
620 de abril 2021
722 de abril 2021
824 de abril 2021
926 de abril 2021
028 de abril 2021
 

 Los contribuyentes que tengan su domicilio principal en la Provincia de Galápagos, podrán presentar las declaraciones hasta el 28 de abril, sin necesidad de atender al noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes. 

Si la fecha de vencimiento coincide con días de descanso obligatorio o feriados, aquella se trasladará al siguiente día hábil, a menos que por efectos del traslado, la fecha de vencimiento pase al siguiente mes, en cuyo caso no aplicará esta regla, y la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento. 

Los contribuyentes especiales presentarán su declaración de Impuesto a la Renta del periodo 2020 hasta el 9 de abril del 2021, si la fecha de vencimiento coincide con días de descanso obligatorio o feriados, aquella se trasladará al día hábil anterior a esta. 

Las instituciones del estado y las empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas, podrán presentar las declaraciones correspondientes hasta el día 20 de abril.


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